DÍAS OFICIALES

Año Nuevo en Yucatán: ¿es oficial el 31 de diciembre o el 1 de enero?

Toma nota, porque durante los días de descanso oficial, los trabajadores que laboren tienen derecho al pago de un salario triple

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Los días oficiales están plasmados en la LFT. Créditos: Especial.

Ya pasó Navidad, pero las fiestas seguirán en el estado de Yucatán con la llegada del Año Nuevo, una situación que hace surgir una duda: ¿qué día es oficial, el 31 de diciembre o el 1 de enero? En El Heraldo de México te contamos los detalles. 

Y es que aunque en algunos centros laborales se acostumbra dar varios días de descanso durante diciembre, según la Ley Federal del Trabajo (LFT), las vacaciones de invierno no son obligatorias y sólo hay unas jornadas de descanso oficiales. 

Recordemos que el artículo 76 de dicha ley establece que las y los trabajadores que tengan un año laborando, tienen derecho a 12 días de vacaciones. Sin embargo, eso surge de un trato entre trabajadores y patrones y no necesariamente por la época navideña. Así que toma nota y no lo pases por alto. 

 Día oficial:¿el 31 de diciembre o el 1 de enero?

El día de descanso oficial en Yucatán y el resto de la República Mexicana es el 1 de enero de cada año. Esto quiere decir que el 31 de diciembre será un día ordinario de actividades laborales. 

En caso de que quieras faltar desde el miércoles 31 de diciembre, será necesario que llegues a un acuerdo en tu centro laboral. De no hacerlo, podrían existir sanciones. Sobre todo si ya has acumulado varias faltas. 

De hecho, la LFT señala que una de las causas de rescisión es “tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada”. 

El 1 de enero es el día oficial de estas fechas. Créditos: Especial. 

¿Cuánto te deben pagar si trabajas el 1 de enero?

Las personas que laboren en Yucatán y todo el país el 1 de enero deberán recibir un salario triple. Y es que al ser un día de descanso oficial, estos trabajadores tienen derecho a su salario ordinario más un salario doble adicional.

Es importante señalar que las y los trabajadores a los que no se les cumpla este derecho establecido en la LFT, pueden solicitar asesoría jurídica gratuita ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajador (Profedet) a los números telefónicos 800 717 29 42  o 800 911 78 77.

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