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Declaración Anual 2026: quiénes están exentos en Yucatán y cuándo sí debes presentarla

Conocer estas condiciones puede evitarte trámites innecesarios, pero también errores que podrían derivar en sanciones si se omite la declaración

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Existen situaciones en las que, aunque cumplas con alguno de los puntos anteriores, estás obligado a presentar tu declaraciónCréditos: Especial

Con la llegada de la temporada fiscal, miles de contribuyentes en México se preparan para cumplir con la Declaración Anual 2026, correspondiente al ejercicio 2025. Sin embargo, no todas las personas físicas están obligadas a presentar este trámite ante el Servicio de Administración Tributaria.

En Yucatán, como en el resto del país, existen criterios específicos que determinan quiénes pueden quedar exentos, principalmente relacionados con el tipo de ingresos, el monto percibido y la relación laboral durante el año.

Conocer estas condiciones puede evitarte trámites innecesarios, pero también errores que podrían derivar en sanciones si se omite la declaración cuando sí era obligatoria.

¿Quiénes NO están obligados a presentar la Declaración Anual 2026?

De acuerdo con las disposiciones fiscales, hay ciertos perfiles de contribuyentes que no necesitan presentar su declaración, siempre que cumplan con condiciones específicas.

Entre ellos se encuentran las personas asalariadas que trabajaron para un solo patrón durante todo el año y cuyos ingresos no superaron los 400 mil pesos, siempre que el empleador haya realizado correctamente las retenciones de impuestos.

También quedan exentos quienes obtuvieron ingresos por intereses bancarios menores a 20 mil pesos anuales, quienes percibieron únicamente el salario mínimo con retenciones aplicadas, o aquellas personas que no tuvieron ingresos gravados durante el año.

Casos en los que SÍ debes declarar, aunque creas que no aplica

Existen situaciones en las que, aunque cumplas con alguno de los puntos anteriores, estás obligado a presentar tu declaración ante el Servicio de Administración Tributaria.

Por ejemplo, si trabajaste para dos o más empleadores al mismo tiempo, si dejaste de laborar antes de finalizar el año fiscal o si generaste ingresos adicionales por otras actividades como rentas, negocios o plataformas digitales.

También aplica si recibiste ingresos por jubilación, pensión, liquidación o indemnización, ya que estos pueden cambiar tu situación fiscal y obligarte a declarar.

Lista rápida: ¿debo presentar mi declaración o no?

No estás obligado si:

  • Tuviste un solo patrón y ganaste menos de 400 mil pesos al año
  • Recibiste intereses bancarios menores a 20 mil pesos
  • Percibiste salario mínimo con retenciones correctas
  • No obtuviste ingresos gravados

Sí debes declarar si:

  • Tuviste dos o más patrones en el mismo año
  • Dejaste de trabajar antes del 31 de diciembre
  • Generaste ingresos adicionales (rentas, negocios, apps)
  • Recibiste pensión, jubilación o indemnización
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